Deudor: empresa

Vender una deuda de empresa

Cuando quien te debe es una empresa, el valor de la deuda depende sobre todo de su solvencia. Aquí tienes qué mira el comprador, cómo afecta un concurso de acreedores y cómo preparar la venta para cobrar más.

Deudor mercantilSin comisiones sobre la ventaConfidencial
Vender una deuda de empresa — Debtalia

Qué es una deuda de empresa

Es una deuda cuyo deudor es una persona jurídica —una sociedad, un autónomo actuando como empresa, una comunidad de bienes—. Suele nacer de facturas por productos o servicios, contratos incumplidos, pagarés o rentas de alquiler comercial. Su venta funciona igual que cualquier cesión de crédito: cedes el derecho de cobro a un inversor y recibes liquidez hoy.

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Solvencia: lo que más pesa en el precio

Frente a una deuda de particular, la de empresa tiene una ventaja: hay información pública. El comprador puede consultar cuentas depositadas en el Registro Mercantil, la situación de actividad y posibles cargas. Una empresa activa, con cuentas al día y patrimonio, hace que la deuda valga más porque el cobro es más probable. Una empresa inactiva, sin bienes o en preconcurso, la hace valer menos.

Señales que revisa el comprador

SeñalSuma valorResta valor
ActividadEmpresa operativaInactiva o de baja
Cuentas anualesDepositadas y saneadasSin depositar o con pérdidas
Antigüedad de la deudaRecienteCercana a prescribir
DocumentaciónContrato, factura, albaránSolo un importe sin soporte
Situación concursalSin concursoEn concurso o preconcurso

Concurso de acreedores: qué cambia

Si la empresa deudora entra en concurso de acreedores, regulado por el texto refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020), tu crédito pasa a integrarse en el procedimiento y el cobro se ordena por clases de créditos. Eso no impide vender la deuda —de hecho hay inversores especializados en crédito concursal— pero sí influye en el precio, porque el cobro depende de la masa y de la clasificación del crédito. Vender antes de que el concurso avance suele conservar más valor.

No esperes al concurso

Cuanto antes vendas, más valor conserva la deuda.

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Plazos de pago e intereses (Ley 3/2004)

En operaciones comerciales, la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad (modificada por la Ley 15/2010, que traspone la Directiva 2011/7/UE) fija plazos de pago de 30 días por defecto y hasta 60 pactados, con intereses de demora al incumplirse. Esos intereses forman parte del crédito que cedes y refuerzan su valor.

Cómo venderla paso a paso

  1. 1

    Publicas la deuda

    Sector del deudor, importe y documentación. No pedimos datos personales del deudor.

  2. 2

    Recibes ofertas

    Inversores, algunos especializados en crédito mercantil, envían ofertas.

  3. 3

    Eliges y firmáis

    Aceptas la mejor, se formaliza la cesión y se notifica al deudor.

Documentación clave

  • Contrato o pedido firmado con la empresa deudora.
  • Facturas y albaranes con conformidad de entrega.
  • Reclamaciones por burofax o email.
  • Pagarés o reconocimientos de deuda.
  • Sentencia o decreto, si ya hay reclamación judicial.

Qué sube y qué baja el precio

Sube: deudor solvente y activo, deuda reciente, expediente completo y competencia entre compradores. Como referencia, lo habitual son descuentos del 35%-45%, con un rango del 25% al 75%. Baja: empresa inactiva, deuda antigua o próxima a prescribir (5 años en España desde la Ley 42/2015), documentación pobre o situación concursal avanzada.

Cómo comprobar tú mismo la solvencia

Antes de poner precio a tu expectativa, merece la pena hacer una comprobación básica de la empresa deudora con fuentes públicas. Puedes revisar si tiene cuentas depositadas y actos inscritos en el Registro Mercantil, si aparece en el BORME (nombramientos, ceses, disolución) y si sigue de alta y activa. Una sociedad que deposita cuentas, mantiene actividad y no arrastra anotaciones preocupantes respalda un precio más alto. Señales como cuentas sin depositar, cambios de domicilio encadenados o administradores que cesan son banderas rojas que el comprador también verá.

Deudas con aval o garantía personal

Si la deuda cuenta con un aval personal del administrador, una garantía o una prenda, su valor sube notablemente: el comprador tiene una segunda vía de cobro si la empresa falla. Reúne y menciona esas garantías desde el principio, porque cambian por completo el perfil de riesgo. Una deuda de empresa modesta pero con aval solvente puede valer más que una mayor sin garantía alguna.

El factor tiempo en la deuda mercantil

En la deuda de empresa, el tiempo pesa doble. Por un lado, corre el plazo de prescripción, que en España es de cinco años para las acciones personales desde la Ley 42/2015. Por otro, la situación de la empresa deudora puede cambiar rápido: una sociedad solvente hoy puede entrar en dificultades o en concurso mañana, y con ello caer el valor de tu crédito. Vender cuando la empresa aún está sana suele conservar mucho más valor que esperar a ver si mejora la situación.

Si la empresa cambia de manos o se disuelve

Que la empresa deudora se venda, se fusione o se disuelva no borra la deuda, pero sí complica el cobro y, por tanto, baja el precio. En una disolución ordenada hay un proceso de liquidación en el que tu crédito ocupa su lugar; en una desaparición de hecho, cobrar se vuelve mucho más difícil. Si detectas movimientos societarios en el deudor, es una señal para no demorar la decisión de vender.

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Preguntas frecuentes

¿Se puede vender una deuda de una empresa en concurso?
Sí. Hay inversores especializados en crédito concursal. El precio será menor porque el cobro depende del procedimiento (RDL 1/2020), pero la deuda sigue siendo vendible.
¿Cómo sabe el comprador si la empresa es solvente?
Con información pública: cuentas depositadas en el Registro Mercantil, situación de actividad y cargas. Por eso la deuda de empresa suele valorarse mejor que la de particular.
¿Necesito permiso de la empresa deudora?
No. Basta con notificarle la cesión de crédito para que le sea oponible (arts. 1526 y ss. del Código Civil).
¿Cuánto voy a cobrar?
Depende de la solvencia y la documentación. Como referencia, descuentos del 35%-45% sobre el nominal.
¿Los intereses de demora se ceden también?
Sí. Los intereses de la Ley 3/2004 forman parte del crédito y se venden con él.
¿Debtalia compra la deuda?
No. Debtalia conecta a vendedores y compradores; no compra deudas ni cobra comisión sobre la venta.

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Fuentes

  1. Texto refundido de la Ley Concursal, RDL 1/2020 — BOE
  2. Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad (modif. Ley 15/2010) — BOE
  3. Código Civil, arts. 1526-1536 (cesión de créditos) — BOE
  4. Ley 42/2015 de reforma de la LEC (plazo a 5 años) — BOE